Información al usuario financiero

¿Quiénes son considerados Usuarios de Servicios Financieros?

  • COM. “A” 6292 y modificatorias: Personas humanas y jurídicas que en beneficio propio o de su grupo familiar o social y en carácter de destinatarios finales hacen uso de los servicios ofrecidos por los sujetos obligados [Entidades Financieras], como a quienes de cualquier otra manera están expuestos a una relación de consumo con tales sujetos. Forman también parte de esta categoría los deudores de créditos cedidos por las Entidades Financieras (…), así como los deudores de créditos adquiridos por entidades financieras por cesión.
  • COM. “A” 5482 y modificatorias: Personas físicas, y jurídicas que NO adquieran o utilicen servicios financieros ofrecidos por los sujetos obligados [Entidades Financieras] para ser incorporados a su actividad comercial. Ello, siempre que los sujetos obligados no cuenten con elementos que permitan concluir razonablemente que corresponde darles otro tratamiento.

Servicio de Atención al Usuario de Servicios Financieros

Si tenés alguna consulta o reclamo con respecto a los servicios o productos ofrecidos por el banco, podés gestionarla a través de los siguientes canales:

De manera presencial o por correo postal

  • Sucursal San Jerónimo – Córdoba (San Jerónimo 135 C.P 5000)
  • Sucursal Lavalle – C.A.B.A (25 de mayo 499 esq. Lavalle C.P 1000)

Telefónicamente comunicate con nuestros responsables de atención al cliente:

  • 0351-5262261 – Córdoba
  • 011-52398560 – C.A.B.A

E-mail o nota

Buzón de sugerencias y reclamos


Nuestros funcionarios designados ante el BCRA como responsables de Atención al Cliente son:

Titular: Bassetti Lorena
Tel.: (0351) – 5262261
Dirección: San Jerónimo 135, CP X5000AGC – Córdoba

Suplente: Marcos Montini
Tel.: (011) – 52398560
Dirección: 25 de mayo 499 esq. Lavalle, CP 1000 – Buenos Aires

El plazo máximo para resolver y responder a las consultas y/o reclamos ingresados por algunos de los canales habilitados es de 10 días hábiles, excepto cuando se hayan otorgado al Banco mayores plazos para adecuarse normativamente o cuando medien causas ajenas al mismo debidamente justificados.

Si la respuesta obtenida no fuera satisfactoria, usted puede presentar su reclamo a través del área de Protección al Usuario Financiero que dispone el BCRA, ingresando en este enlace http://www.bcra.gob.ar BCRAyVos/reportes.asp.


Información relevante

Cargos y Comisiones vigentes

Mantenimiento mensual de la Caja de Ahorro en pesosSin Cargo
Mantenimiento mensual de Cuenta Corriente – Personas físicas$ 16.747,00
Comisiones y cargos variosPDF

Tasas

Tasas de operaciones de crédito – USFPDF
Tasas de operaciones pasivasPDF

Tipos de cambio

Ver Tipo de cambio minorista

Modelos Contractuales

Contratos de adhesión – Ley 24.240 de defensa del consumidor

Cierres de cuentas y/o revocación y finalización de relaciones contractuales

  • Cierre de cuentas en forma no presencial o en cualquier sucursal: Quienes revistan tal condición, cuentan con la posibilidad de cierre de cuentas en cualquiera de nuestras sucursales –no necesariamente en la de radicación de la cuenta-, admitiéndose el envío de un correo electrónico a sugerenciasyreclamos@bancojulio.com.ar desde la cuenta de correo declarada ante el Banco, remitiéndoles una respuesta como constancia del respectivo trámite de cierre (sin devengar ninguna comisión y/ o cargo desde tal solicitud de cierre). A opción del cliente, podrá retirar los fondos o enviarlos a saldos inmovilizados.

En el caso particular de cuentas corrientes que no prevean el uso de cheques ni registre saldo deudor, se aplicará igual mecanismo que el mencionado supra. En el caso de registrar saldo deudor, el cierre podrá ser realizado en forma presencial –en cualquier sucursal-.

  • Revocación y finalización de relaciones contractuales: Para el caso de tarjetas de crédito y de seguros y otros servicios contratados con carácter no accesorios a un servicio financiero, se aplicará igual circuito que el mencionado en el punto anterior.

En el caso de registrar deuda, su cancelación no será exigida como condición previa para la revocación o rescisión. Específicamente, respecto del servicio de tarjeta de crédito y no habiéndose abonado totalmente el saldo de la última liquidación, el trámite deberá realizarse presencialmente en cualquier sucursal del Banco.


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