Usuarios de Servicios Financieros
Los usuarios de servicios financieros son definidos en la normativa del B.C.R.A. de la siguiente forma:
- COM. “A” 6292 y modificatorias: Personas humanas y jurídicas que en beneficio propio o de su grupo familiar o social y en carácter de destinatarios finales hacen uso de los servicios ofrecidos por los sujetos obligados [Entidades Financieras], como a quienes de cualquier otra manera están expuestos a una relación de consumo con tales sujetos. Forman también parte de esta categoría los deudores de créditos cedidos por las Entidades Financieras (…), así como los deudores de créditos adquiridos por entidades financieras por cesión.
- COM. “A” 5482 y modificatorias: Personas físicas, y jurídicas que NO adquieran o utilicen servicios financieros ofrecidos por los sujetos obligados [Entidades Financieras] para ser incorporados a su actividad comercial. Ello, siempre que los sujetos obligados no cuenten con elementos que permitan concluir razonablemente que corresponde darles otro tratamiento.
Comisiones
Mantenimiento mensual de la Caja de Ahorro en pesos | Sin Cargo |
Mantenimiento mensual de Cuenta Corriente - Personas físicas | $ 450 |
Cargo mensual de tarjeta de crédito básica | $ 107 |
Renovación anual de tarjeta de crédito básica | $ 770 |
Comisiones Tarjeta de Creditos | PDF |
Comisiones y cargos varios | PDF |
Tasas de operaciones de crédito - USF | PDF |
Las comisiones y cargos mencionados no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el que será adicionado en oportunidad de su cobro y de acuerdo a la condición del cliente ante dicho impuesto.
Cierres de cuentas y/o revocación y finalización de relaciones contractuales
- Cierre de cuentas en forma no presencial o en cualquier sucursal: Quienes revistan tal condición, cuentan con la posibilidad de cierre de cuentas en cualquiera de nuestras sucursales –no necesariamente en la de radicación de la cuenta-, admitiéndose el envío de un correo electrónico a Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla desde la cuenta de correo declarada ante el Banco, remitiéndoles una respuesta como constancia del respectivo trámite de cierre (sin devengar ninguna comisión y/ o cargo desde tal solicitud de cierre). A opción del cliente, podrá retirar los fondos o enviarlos a saldos inmovilizados.
En el caso particular de cuentas corrientes que no prevean el uso de cheques ni registre saldo deudor, se aplicará igual mecanismo que el mencionado supra. En el caso de registrar saldo deudor, el cierre podrá ser realizado en forma presencial –en cualquier sucursal-.
- Revocación y finalización de relaciones contractuales: Para el caso de tarjetas de crédito y de seguros y otros servicios contratados con carácter no accesorios a un servicio financiero, se aplicará igual circuito que el mencionado en el punto anterior.
En el caso de registrar deuda, su cancelación no será exigida como condición previa para la revocación o rescisión. Específicamente, respecto del servicio de tarjeta de crédito y no habiéndose abonado totalmente el saldo de la última liquidación, el trámite deberá realizarse presencialmente en cualquier sucursal del Banco.